COMUNIDADES
EDUCATIVAS
Es una instancia
ejecutiva, donde se toman decisiones colectivas de carácter social y vinculante
que permitan trabajar en función de cambios significativos en los docentes,
obreros, administrativos, padres y representantes, comunidad consejo comunal se
integren en estas nuevas concepciones, fundamentado en la constitución de la
República Bolivariana de Venezuela en el art. 70, Proyecto Nacional Simón
Bolívar, en la Ley Orgánica de Educación y oros aspectos legales como la LOPNA,
la Ley Orgánica y los consejos comunales. Evidenciándose en cada uno de estos
actores protagónicos una corresponsabilidad mutua en el hecho educativo.
Todo lo antes
planteado propone acciones hacia una nueva comunidad educativa, fundamentado en
los principios, valores, justicia e igualdad social, respeto a la vida,
lealtad, tolerancia y cooperación. De
igual forma se plantea propiciar espacios de participación protagónico, así
mismo se destaca los momentos históricos en la comunidad educativa como punto y
círculo donde todo el entorno participe en las acciones educativas de manera
organizada en los procesos socios políticos, socio culturales, socio
comunitarios y socio administrativos; resaltando los procesos educativos,
procesos pedagógicos y enseñanza-aprendizaje, garantizando el desarrollo y
defensa de una educación integral, permanente; gratuita; obligatoria;
democrática, transformadora y humanista; impulsando la formación integral de
ciudadanos.